2.9. Obra menor
(No se incluyen notas bibliográficas.)
Publicados en diarios o revistas sea con nombre y apellido, con las iniciales A.G. o como notas de dirección o redacción, sin firma:
1. “Editorial,” revista Discrepancias, n° 1, Buenos Aires, FACA, Federación Argentina de Colegios de Abogados, 1983, p. 27, pp. 5-6.
2. “Estamos todos indocumentados,” op. cit., p 27.
3. “Necesitamos gobierno parlamentario,” op. cit., p. 14.
4. “El voto de la bronca,” op. cit., p. 16.
5. “Concursos,” op. cit., p. 28.
6. “Servicio militar obligatorio,” op. cit., p. 29.
7. “Los abogados y el Tribunal de Cuentas de la Nación,” op. cit., p. 29.
8. “Por una policía judicial,” op. cit., p. 29.
9. “El Municipio sin control,” op. cit., p. 45.
10. “Referéndum : Ideas para la transición,” op. cit., p. 46.
11. “Medios de participación del pueblo en el poder,” op. cit., p. 48.
12. “Justicia y libertad de prensa,” revista Discrepancias, n° 2, Buenos Aires, 1983, pp. 32-4.
13. “La lentitud de la justicia como violación de los derechos humanos,” op. cit., nº 2, p. 14.
14. “El acceso a la justicia. Tutela del medio ambiente,” op. cit., nº 2, p. 39.
15. “Para la patria pleitera, nada; a los demás, algo,” Ámbito Financiero, Buenos Aires, 10 de julio de 1996, p. 16.
16. “Efectos de la apelación de medidas cautelares en el amparo capitalino,” LL, SJDA, 7-XII-01, p. 69.
17. “El temor de los médicos al derecho desconocido”, LL, 2002-A, 724.
18. “Efectos no suspensivos de la apelación contra la cautelar concedida en el amparo,” LL, 2002-A, 847.
18. “Efectos de la apelación contra la cautelar concedida en el amparo,” LL, 2002-A, 150.
19. “El estado de necesidad individual, contracara de la emergencia pública,” LL, 2002-A, 981.
20. “Apelación concedida bajo condición resolutoria,” LL, 2002-A, 996.
21. “Jurisprudencia repetitiva, pero que conviene tener presente,” LL, 2002-A, 998.
22. “Cuando un dictamen es dado oficial y masivamente a publicidad ocasiona incertidumbre sobre el derecho al que se opone,” LL, 2002-A, 1001.
23. “¿Estabilidad de un interinato?” LL, 2002-A, 1004.
24. “El acto sin firma,” LL, 2002-A, 1006.
25.”La vigencia del derecho administrativo,” LL, 2002-A, 1013.
26. “Los hechos, siempre los hechos,” nota a fallo, LL, 2002-B, 556.
27. “La actualidad en Derecho Público,” nota al fallo Gamboa, CCAT (CADA), Sala II, LL, 2002-C, 1.
28. “El Estado a veces cobra sus créditos,” nota a fallo, LL, SJDA, 26-IV-04.
29. “Los sin techo en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires,” LL, 13-V-2002, p. 5; reproducido en la Revista del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, número 28, septiembre 2003,La Ley, p. 6.
30. “El absurdo rigorismo formal,” LL, 2002-D, 259.
31. “Primero: crear el Banco Central Interamericano,” LL, 2002-D, 1453.
32. “¿Puede suplirse por el diligenciamiento de un oficio judicial la falta de individualización del demandado, en una ejecución fiscal?” LL, 2002-E, 616.
Bajo el nombre de Agustín ha publicado las siguientes pequeñas notas a fallos:
1. “La creciente internacionalización del derecho y sus efectos,” LL, 1995-D, 277, nota al fallo de la CSJN Cafés La Virginia.
2. “¿Una excepción a la ley 24.447?” LL, 1995-D, 292, nota al fallo de la CSJN en Birt.
3. “Privación sistemática de justicia en la Provincia de Buenos Aires,” LL, 1995-D, 1299, nota al fallo de la CSJN en Cores Ponte.
4. “El caso de los bonos «duplicados» y «apócrifos»,” LL, 1995- D, 300, nota al fallo de la CSJN en Caja de valores S.A. c. Provincia de Buenos Aires y otra.
5. “Consejo para amparistas. Medio ambiente,” LL, 1995-D, 304, nota al fallo Schroder, Juan y otros c. Estado nacional —Sec. de Recursos Naturales y Amb. Humano—, CNFed. CA, Sala III.
6. “Amparo por mora y derecho a una decisión fundada,” LL, 1995-D, 306, nota al fallo Donati, Néstor D. c. Municipalidad de Buenos Aires, de la CNCiv., Sala B.
7. “La sentencia en el amparo por mora: alcances, recursos,” LL, 1995-D, 311, nota al fallo Bustos, Antonio M. c. Estado nacional— Jefe del Estado Mayor Gral del Ejército—, CNFed. CA, Sala III.
8. “¿No al informalismo y desregulación aduanera?,” LL, 1995-D, 316, nota al fallo Laboratorios Glaxo Argentina S.A., CNFed. CA, Sala III.
9. “¿Pedir la suspensión en sede administrativa antes que judicial?,” LL, 1995-D, 316, nota al fallo Edesur. c. Ente Nacional Regulador de la Electricidad — resolución 18/95—, CNFed. CA, Sala II.
10. “La culpa en la infracción administrativa,” LL, 1995-D, 319, nota al fallo Giocattoli S.A., CNFed. CA, Sala IV.
11. “Ninguna clase de hombres...,” LL, 1995-D, 718, nota al fallo de la CSJN en Horvath.
12. “¿El decreto como fuente en materia de ahorro obligatorio?,” LL, 1995-D, 768, nota al fallo Rodhel S. A., CNFed. CA, Sala II.
13. “Un viejo voto en disidencia en materia de ahorro obligatorio,” LL, 1995-D, 770, nota al fallo Argal S.A.C., CNFed CA, Sala II.
14. “Intrusos y ex concesionarios en inmuebles del Estado,” LL, 1995-E, 491, nota al fallo FE.ME.SA c. Intrusos y/u ocupantes, CNFed. CA, Sala III.
15. “La corporación de las paradas de diarios,” LL, 1995-E, 498, nota al fallo Vázquez, Gustavo E. c. Estado nacional, CNFed. CA, Sala III.
16. “La implacable tasa de justicia,” LL, 1995-E, 503, nota al fallo Rinaudo, CNFed. CA, Sala III.
17. “Automóviles para discapacitados,” LL, 1995-E, 505, nota al fallo Bähr, CNFed. CA, Sala I.
18. “La legitimación en el amparo: asociaciones, cooperativas, derechos de incidencia colectiva,” LL, 1995-E, 516, nota al fallo Consumidores Libres Coop. Ltda. de Provisión de Serv. y Acción Comunitaria c. Estado nacional, del Juzgado Federal Contencioso administrativo N° 9.
19. “Cómo no cobrar honorarios profesionales de un banco,” LL, 1996-A, 619, nota al fallo Arrizabalaga, CNFed. CA, Sala IV.
20. “Entre la responsabilidad penal y la administrativa,” LL, 1996-A, 625, nota al fallo Hirschen, CNFed. CA, Sala IV.
21. “La tasa de justicia de otras entidades descentralizadas que las autárquicas «stricto sensu»,” LL, 1996-A, 629, nota al fallo Empresa Ferrocarriles Argentinos c. Sol Minera S.A., CNFed. CA, Sala II.
22. “Nuevos argumentos para la innecesariedad del reclamo administrativo previo,” LL, 1996-A, 633, nota al fallo Calzar S.A., CNFed. CA, Sala II.
23. “El interés legítimo en el amparo por mora,” LL, 1996-A, 637, nota al fallo Luis Gómez S.R.L. c. Estado nacional —, CNFed. CA, Sala II.
24. “Las suspensiones de juicios,” LL, 1996-A, 643, nota al fallo Rosso, Carlos J. c. Estado nacional —Honorable Cámara de Diputados, CNFed. CA, Sala II.
25. “No es necesario pedir la suspensión en sede administrativa antes que judicial,” LL, 1996-A, 646, nota al fallo Aguas Argentinas S.A. c. Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios, CNFed. CA, Sala I.
26. “A la fecha de la sentencia,” LL, 1996-A, 646, nota al fallo Chocolate Modas S.A., CNFed. CA, Sala I.
27. “Veinte mil boletos mínimos,” LL, 1996-B, 505, nota al fallo Empresa de Transportes Pedro de Mendoza S.A. (línea 29) c. Comisión Nac. De Transporte Automotor, CNFed. CA, Sala II.
28. “Sorteando el artículo 43 de la Constitución Nacional,” LL, 1996-B, 517, nota al fallo Confederación Unificada Bioquímica de la república Argentina y otros c. Poder Ejecutivo Nacional — ANSSAL —, CNFed. CA, Sala II.
29. “El usuario y la estrategia judicial telefónica,” LL, 1996-B, 520, nota al fallo Garrido y Marcos, Cira L. c. Telefónica de Argentina S.A., CNFed. CA, Sala II.
30. “Validez y eficacia del acto administrativo,” LL, 1996-C, 30, nota al fallo Frávega S.A., CNFed. CA, Sala I.
31. “Enargas: interpretación restrictiva de su «jurisdicción»,” LL, 1996-C, 36, nota al fallo Y.P.F. c. Enargas, CNFed. CA, Sala I.
32. “Privación sistemática de justicia 2 (dos) en la provincia de Buenos Aires,” LL, 1996-C, 39, nota al fallo de la CSJN en Transporte del Oeste S.A. c. Municipalidad de Merlo.
33. “Rechazo «in limine litis» del amparo,” LL, 1996-C, 41, nota al fallo Toscano S.A., CNFed. CA, Sala I.
34. “Por un formulario,” LL, 1996-C, 436, nota al fallo War Car S.A., CSJN.
35. “In memorian,” LL, 1996-C, 438, nota al fallo Tarnopolsky, D. c. Estado nacional y otros, CNFed. CA, Sala III.
36. “Facultades reglamentarias de los entes reguladores,” LL, 1996-C, 445, nota al fallo Edenor S.A. c. Estado nacional (Secretaría de Energía), CNFed. CA, Sala I.
37. “No procede excepción de espera por recurso pendiente,” LL, 1996-C, 454, nota al fallo Banco Central c. Rota, Pedro C., CNFed. CA, Sala III.
38. “La práctica administrativa,” LL, 1996-C, 457, nota al fallo Rava, Marta I. c. Estado nacional (Fiscalía de Investigaciones Administrativas), de la CNFed. CA, Sala I.
39. “El sorteo de causas y otros dilemas forenses de hoy,” LL, 1996-D, 96, Acordadas de la CNFed. CA.
40. “Derecho adquirido y derecho ejercido,” LL, 1996-D, 120, nota al fallo Caja de Crédito Impulsora Soc. Coop. Ltda. c. Talleres Navales y Terrestres Magallanes y otro, CNFed. CA, Sala I.
41. “Los hechos del caso y los contratos administrativos,” LL, 1996-D, 122, nota al fallo Sideco Americana S.A. y otro c. comisión Nac. de Energía Atómica, CNFed. CA, Sala I.
42. “Cautelar autónoma,” LL, 1996-D, 127, nota al fallo Tienda León, Manuel S.A. c. Estado nacional — Fuerza Aérea Argentina— , CNFed. CA, Sala III.
43. “Los límites del mérito o conveniencia,” LL, 1996-D, 128, nota al fallo Pérez de Aonzo, Alicia I. c. Instituto de Serv. Soc. Bancarios, CNFed. CA, Sala I.
44. “Inconstitucionalidad en el amparo,” LL, 1996-E, 97, nota al fallo Pérez, Ana c. Ministerio de Cultura y Educación, CNFed. CA, Sala III.
45. “Excepción de defecto legal y rechazo de amparo «in limine litis»,” LL, 1996-E, 106, nota al fallo Peralta, Domingo O. c. Secretaría de Seguridad Social, CNFed. CA, Sala II.
46. “El amparo como cautelar autónoma innovativa,” LL, 1996-E, 109, nota al fallo Ybáñez, Juan A. c. Municipalidad de Buenos Aires, CNCiv, Sala C.
47. “Dos filosofías y dos percepciones fácticas en materia previsional,” LL, 1996-E, 111, nota al fallo B., R.A. c. Estado Mayor Gral. del Ejército, CNFed. CA, Sala I.
48. “El control judicial de la actividad administrativa del Poder Judicial y la intangibilidad de las remuneraciones de los jueces,” LL, 1996-E, 115, nota al fallo Costa, Mario G. y otros c. Corte Suprema de Justicia de la Nación, CNFed. CA, Sala V.
49. “Informalismo y amparo por mora,” LL, 1997-A, 81, nota al fallo Rodríguez Fuchs, Carlos A. c. Instituto de Servicios Sociales Bancarios, CNFed. CA, Sala II.
50. “Amparo: nunca, jamás,” LL, 1997-A, 82, nota al fallo Deutz Argentina S.A. c. Dirección Gral. Impositiva, CNFed. CA, Sala V.
51. “¿Cuánto vale un amparo por mora?,” LL, 1997-A, 84, nota al fallo Garín, Juan c. Ministerio de Defensa - Estado Mayor Gral. del Ejército, CNFed. CA, Sala III.
52. “El costo de ser expropiado,” LL, 1997-A, 88, nota al fallo Dirección Nac. de Vialidad c. Sánchez Elía, Magdalena, CNFed. CA, Sala III.
53. “La interpretación a favor del consumidor en el contencioso administrativo,” LL, 1997-A, 92, nota al fallo Confiable S.A. c. Ministerio de Economía Obras y Servicios Públicos, CNFed. CA, Sala II.
54. “La regla de la competencia y la excepción de la conexidad,” LL, 1997-A, 95, nota al fallo Grisolía, Héctor H. c. Municipalidad de Buenos Aires, CNCiv., Sala A.
55. “El recurso de alzada no interrumpe el plazo para la acción judicial,” LL, 1997-A, 99, nota al fallo Pereyra de Ferreyra, Ana O. c. Universidad Nac. del Nordeste, CFApel. Resistencia.
56. “No procede el reclamo administrativo previo cuando se cuestiona la constitucionalidad de la ley,” LL, 1997-A, 105, nota al fallo Esso S.A.P.A. c. Dirección Gral. Impositiva, CNFed. CA, sala III.
57. “Antedatar sin costas,” LL, 1997-B, 405, nota al fallo Bonfiglio, CNFed. CA, Sala III.
58. “Otro trámite inútil,” LL, 1997-B, 406, nota al fallo Vicente Robles, CNFed. CA, Sala I.
59. “El plazo de gracia es sólo para escritos,” LL, 1997-B, 418, nota al fallo Pentamar, CNFed. CA, Sala I.
60. “Las ganancias sin límite objetivo alguno,” LL, 1997-C, 320, nota al fallo de la CSJN Telecomunicaciones Internacionales de Argentina S.A. y otros c. Comisión Nacional de Telecomunicaciones.
61. “Las asociaciones de usuarios y la defensa de los derechos de incidencia colectiva (Acción declarativa de inconstitucionalidad), nota al fallo de la CSJN Asociación de Grandes Usuarios de Energía Eléctrica de la República Argentina (AGUEERA) c/ Buenos Aires, Provincia de y otros s/ acción declarativa,” LL, 1997-C, 322.
62. “Control judicial de la función administrativa del Poder Judicial,” LL, 1997-C, 331 nota al fallo Ballatore, CNFed. CA, Sala II.
63. “Hasta tanto una docente jubilada mejore su fortuna,” DJ, 1997-2, 211, nota al fallo Bursztyn, CNFed. CA, Sala I.
64. “La inconstitucionalidad es imprescriptible, no los daños,” LL, 1997-C, 830, nota al fallo Nóbile, CNFed. CA, Sala V.
65. “El moribundo amparo,” LL, 1997-C, 843, nota al caso Méndez, CNFed. CA, Sala I.
66. “Ley de defensa del consumidor,” LL, 1997-C, 845, nota al caso Hilu, CNFed. CA, Sala V.
67. “Demanda contra nadie,” LL, 1997-D,693, nota al caso Copani, CNFed. CA, Sala I; reproducida en DJ, 1997-3, 160.
68. “La acción declarativa de certeza como proceso sumarísimo,” LL, 1997-D, 719, nota al caso Craviotto, CNFed. CA, Sala V.
69. “La habilitación de feria no se da en la instancia a quo,” LL, 1997-D, 731, nota al caso Marriott, CNFed. CA, Sala de feria.
70. “La mora administrativa es materia procesal administrativa,” DJ, 1997-2, 938, nota al caso Fernández, Oscar O. c. SENASA, CNFed. CA, Sala II.
71. “Responsabilidad administrativa para los ex conscriptos,” LL, 1997-E, 547, nota al caso Centurión Andrés F. c. Estado Mayor General del Ejército, CNFed. CA, Sala V.
72. “La denegación del reclamo administrativo previo no hacer nacer el plazo de caducidad del artículo 25,” LL, 1997-E, 560, nota al caso Pesaresi, Guillermo M. y otra c. Ministerio de Justicia, CNFed. CA, Sala V.
73. “La revisión judicial de las tarifas y la acción de defensa del consumidor,” LL, 1997-F, 265, nota al fallo Consumidores Libres Coop. Ltda y otro c. Presidencia de la Nación y otro, CNFed. CA, Sala V.
74. “El órgano institución y no la persona Estado como parte demandada en el amparo por mora,” LL, 1997-F, 288, nota al fallo Fernández Vidal, Hipólito c. Estado Mayor General de2l Ejército, CNFed. CA, Sala V.
75. “La administración pública como doble agente de privación de justicia,” LL, 1997-F, 289, nota al fallo Ojea Quintana, Julio M. y otro c. Secretaría de Educación y Justicia, CNFed. CA, Sala IV.
76. “Los derechos humanos no son para, sino contra el Estado,” LL, 1997-F, 696, nota al fallo Arce, CSJN.
77. “¿Existe futuro después de la convertibilidad?,” LL, 1997-F, 708, nota al fallo Tecnología Integral Médica S.A. c. Ministerio de Economía y otro, CNFed. CA, Sala I.
78. “El dédalo administrativo en el amparo por mora de la administración,” LL, 1998-A, 295, nota al fallo Niers de Pereyra, CNFed. CA, Sala I.
79. “Morir de viejo esperando justicia,” LL, 1998-A, 296, nota al fallo Martínez Alcorta, CNFed. CA, Sala I.
80. “La sustitución de la voluntad del órgano controlante en una sanción disciplinaria,” LL, 1998-A, 298, nota al fallo C., O. O., CNFed. CA, Sala III.
81. “Los ápices frustratorios de las garantías constitucionales de una sociedad democrática,” LL, 1998-B, 537, nota al fallo Adecua Asociación de Defensa de Consumidores y Usuarios de la República Argentina c. Estado Nacional, CNFed. CA, Sala I.
82. “Ninguna justificación racional,” LL, 1998-B, 554, nota al fallo El Ateneo Pedro García S.A. c. Dirección General Impositiva, CNFed. CA, Sala II; reproducido, bajo la firma de Agustín Gordillo, en el Periódico Económico Tributario, 15 de abril de 1998, p. 1.
83. “Cuatro muertes: trescientos pesos,” LL, 1998-B, 559, nota al fallo Dujovne, Mario A. c. Prefectura Naval Argentina, CNFed. CA, sala III, 13-V-97.
84. “Habeas Data,” LL, 1998-C, 372, nota al fallo Díaz Cisneros, Adriano c. B.C.R.A. y otro, CNFed. CA, Sala I.
85. “El principio de audiencia pública,” LL, 1998-C, 395, nota al fallo Defensor del Pueblo de la Nación c. Secretaría de Comunicaciones, Juzg.Fed. CA, n° 4.
86. “La ley 24.283 no admite preclusión ni límite temporal,” LL, 1998-D, 200, nota al fallo Podestá, CNFed. CA, Sala I.
87. “El Estado y sus órganos como demandados en los juicios en general y en el amparo por mora,” LL, 1998-D, 207, nota al fallo Masily, CNFed. CA, Sala V, LL, 1997-D,725.
88. “Rechazo in limine de la acción de amparo: que sea excepcional, no normal,” LL, 1998-D, 208, nota al fallo Muñoz, Ricardo, CNFed. CA, Sala V, LL, 1997-E, 561.
89. “El incumplimiento del plazo del artículo 25 no puede resolverse de oficio,” LL, 1998-D, 209, nota al fallo Chanampa, CNFed. CA, Sala V, LL, 1997-E, 550.
90. “Acción declarativa de certeza para pedir la inconstitucionalidad de un decreto,” LL, 1998-D, 210, nota al fallo Muñoz, Guillermo A., CNFed. CA, Sala V.
91. “Una historia que no cierra: reparación histórica vs. última ratio,” LL,1998-D, 215, nota al fallo Ceballos, CNFed. CA, Sala V.
92. “La relación usuario-concesionario es de derecho público pues no hay libre elección del co contratante,” LL, 1998-D, 720, nota al fallo Becciu, CNFed. CA, Sala V.
93. “Los hechos del caso,” LL, 1998-D, 721, nota al fallo Gamas, CNFed. CA, Sala V.
94. “La falta de «habilitación de instancia» se precluye,” LL, 1998-D, 722, nota al fallo Ulloa, CNFed. CA, Sala V.
95. “La competencia procesal administrativa en los litigios contra los prestadores de servicios públicos privatizados,” LL, 1998-D, 725, nota al fallo Ferreyra, Rafael c. Aguas Argentinas S.A., CNFed. CA, Sala V.
96. “Problemas filosóficos de la responsabilidad del Estado, hoy y mañana,” LL, 1998-E, 523; SJDA, 9-X-98, p. 46, nota al fallo de la CNFed. CA, Sala I, de Giorgi.
97. “Amparo por mora contra el Poder Ejecutivo nacional” LL, 1998-E, 539; SJDA, 9-X-98, p. 62, nota al fallo Wolcken, CNFed. CA, Sala V.
98. “La falta de audiencia por el concesionario o licenciatario,” LL, 1998-F, 337; SJDA, 27-XI-98, p. 41, nota al fallo Frade, CNFed. Contenciosoadministratívo, Sala III.
99. “Un mínimo de actividad probatoria,” LL, 1998-F, 338; SJDA, 27-XI-98, p. 42, nota al fallo ADECUA c. ENARGAS, CNFed. CA, Sala IV.
100. “Control de razonabilidad,” LL, 1998-F, 355; SJDA, 27-XI-98, p. 60, nota al fallo Cipriano, CFed. Mar del Plata.
(Las cien notas precedentes fueron también publicadas bajo forma de libro en el citado Cien notas de Agustín, Buenos Aires, FDA, 1999)
101. “Las duras lecciones de la abogacía,” Doctrina Judicial, 2001-3: 941.
102. “La praxis tribunalicia como fuente del derecho en contra de las partes”, LL, 2001-F, 769.
103. “Tautología,” en LL, 2002-A, 130, nota al fallo Distéfano, CNFed. CA, Sala I, 28-VIII-01.
104. “La responsabilidad del Estado por actos y hechos del Poder Judicial,” LL, 2002-A, 131.
105. “Una cuestión de filosofía del derecho,” LL, 2002-A, 499, nota al fallo Giménez, CCyT, CABA, Sala II, 05-IX-01.
106. “De sorpresa en sorpresa,” DJ, 6-II-2002, 238, nota al fallo G.C.B.A .c. Propietario (EJO – 13302), CCyT, CABA, Sala II, 2001/10/10.
107. “Error de hecho: ejecuciones fiscales con título defectuoso”, en LL, 2002-A, 979.
108. “La Justicia apunta al despilfarro público” nota al fallo de la CNFed CA, Sala IV, Rojas Alberto c/ EN - M° Justicia y DDHH - ley 25453 s/ amparo ley 16.986, 14-XI-02, LL, 2003-E, 313.
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